


El Parlamento es la institución que representa la soberanía popular y ejerce el poder legislativo. En España está compuesto por el Congreso de los Diputados y el Senado, que juntos forman las Cortes Generales. Le corresponde, entre otras funciones, elaborar las leyes, controlar al Gobierno y aprobar los Presupuestos Generales del Estado.
Para saber más:
El Congreso y el Senado se reúnen en sesión conjunta en la solemne apertura de cada legislatura, presidida por el Rey, y para ejercer las competencias que la Constitución atribuye a las Cortes Generales en relación con la Corona, como es el caso de la proclamación del jefe del Estado o el juramento de la Constitución por el heredero o heredera de la Corona.
Para saber más:
El Congreso es la Cámara que elige al presidente del Gobierno en el denominado debate de investidura. También puede exigir su responsabilidad política mediante una moción de censura, que puede implicar su cese y el nombramiento de otro presidente del Gobierno; o mediante una cuestión de confianza, que puede implicar también su cese y el arranque de un nuevo procedimiento de investidura de presidente del Gobierno.
En la elaboración de las leyes el papel del Congreso y el Senado es diferente, aunque ambos participan en el procedimiento legislativo. El Congreso inicia la tramitación de la mayor parte de las iniciativas legislativas, y el Senado hace una segunda lectura en la que puede realizar cambios o vetar – rechazar por completo- la propuesta. En estos casos, es el Congreso el que tiene la última palabra: decide si mantiene o no los cambios introducidos por el Senado y también puede levantar el veto.
El Congreso, además, es el encargado de convalidar o derogar los reales decretos-leyes adoptados por el Gobierno, una función en la que no interviene el Senado.
Para saber más:
El Congreso se elige por cuatro años, que se cuentan desde el día de las elecciones generales. Concluido este plazo el Congreso y el Senado quedan automáticamente disueltos y se convocan nuevas elecciones. Este periodo se denomina legislatura.
No obstante, la legislatura puede acortarse con la disolución anticipada, propuesta por el presidente del Gobierno al Rey, previa deliberación del Consejo de Ministros.
En el decreto de disolución se marca la fecha de las nuevas elecciones y también el día y la hora en la que se reunirán las nuevas Cámaras, en la denominada sesión constitutiva. Esta sesión se celebra de forma simultánea en el Congreso y en el Senado.
Para saber más:
Una vez disueltas las Cámaras y convocadas nuevas elecciones, los diputados y senadores cesan a excepción de aquéllos que forman la Diputación Permanente, un órgano reducido encargado de asumir las funciones esenciales previstas en la Constitución hasta que se constituyan el nuevo Congreso y el nuevo Senado.
El Gobierno no cesa al disolverse las Cámaras, pero se mantiene en funciones hasta el nombramiento del nuevo Ejecutivo.
Para saber más:
Los diputados se eligen por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto. Esto significa que todos los ciudadanos españoles mayores de edad pueden participar en la elección, en condiciones de igualdad, mediante voto personal y confidencial.
El sistema electoral se desarrolla en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), regula la presentación de candidaturas, la campaña electoral, la votación y el recuento de votos (escrutinio). El objetivo es garantizar que la composición del Congreso refleje la voluntad de los ciudadanos expresada en las urnas.
Para saber más:
La Constitución establece que el Congreso se compone de un mínimo de 300 y un máximo de 400 diputados. La Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) fija en 350 el número actual de diputados.
Este número permite garantizar la representación territorial y el pluralismo político, así como facilitar el trabajo parlamentario.
Para saber más:
Los escaños se distribuyen por provincias, que son las circunscripciones electorales. Cada provincia tiene al menos dos diputados y el resto se reparte en proporción a su población. Las ciudades autónomas – Ceuta y Melilla- están representadas cada una por un diputado. El reparto de escaños por circunscripción se actualiza para cada elección según el censo, y se publica en el decreto de convocatoria de elecciones generales.
Para saber más:
Todos los españoles mayores de edad que estén en pleno uso de sus derechos políticos. La legislación electoral concreta las condiciones, requisitos formales y posibles causas de inelegibilidad o incompatibilidad.
La presentación de candidaturas se realiza a través de partidos políticos, coaliciones, federaciones o agrupaciones de electores, conforme al procedimiento legal.
Las candidaturas al Congreso se presentan como listas cerradas, en las que cada partido o agrupación política presenta tantos nombres como escaños a cubrir en esa circunscripción y establece el orden en el que saldrían elegidos.
Para saber más:
El Congreso electo debe reunirse dentro de los veinticinco días siguientes a la celebración de las elecciones. La fecha y hora concreta de esta primera sesión, llamada sesión constitutiva, se fija en el real decreto de convocatoria electoral.
En la sesión constitutiva, los diputados electos asumen la condición plena de miembros del Congreso después acatar la Constitución y cumplir el resto de los requisitos legales.
En esa misma sesión se elige al presidente o presidenta del Congreso y al resto de miembros de la Mesa, órganos que dirigirán la actividad parlamentaria.
Para saber más:
Una vez celebradas las elecciones generales, se activa un proceso institucional que culmina con la formación del nuevo Gobierno y el inicio formal de la legislatura. Estos son sus principales hitos:
Para saber más:
La presidenta o presidente del Congreso es elegida por las diputadas y diputados en la sesión constitutiva. Dirige los debates, ordena las votaciones, vela por el cumplimiento del Reglamento y representa institucionalmente a la Cámara. Es la tercera autoridad del Estado, después del Rey y del presidente del Gobierno.
En la XV Legislatura los diputados eligieron presidenta a Francina Armengol Socias, diputada por Illes Balears.
Para saber más:
La Mesa es el órgano rector del Congreso. Está compuesta por la presidencia, cuatro vicepresidentes o vicepresidentas y cuatro secretarios o secretarias, elegidos en la sesión constitutiva. Dirige la actividad parlamentaria, califica documentos, decide su admisión a trámite y gestiona la administración interna.
En la XV Legislatura está formada por:
Para saber más:
Los grupos parlamentarios son agrupaciones en las que se organizan los diputados por afinidad política. Pueden reunir a los parlamentarios de una o de varias candidaturas siempre que se cumplan unos requisitos:
Los diputados que no consiguen formar un grupo propio pasan a formar parte del Grupo Mixto.
Los grupos disponen de derechos específicos, como la participación proporcional en los órganos de la Cámara, la presentación de iniciativas y la intervención en los debates.
Cada grupo parlamentario tiene un portavoz y en el Grupo Mixto esta portavocía rota.
En la actual Legislatura, la XV, son nueve: Grupo Popular, Grupo Socialista, Grupo VOX, Grupo Plurinacional SUMAR, Grupo Republicano, Grupo Junts per Catalunya, Grupo Euskal Herría Bildu, Grupo Vasco (EAJ-PNV) y Grupo Mixto.
La Junta de Portavoces está integrada por la presidenta del Congreso y los portavoces de los grupos parlamentarios. En el Grupo Mixto hay turnos rotatorios para que todas las formaciones políticas representadas puedan ejercer la Portavocía. A las reuniones de la Junta de Portavoces puede asistir un representante del Gobierno.
Su función principal es fijar, junto con la Presidencia, el orden del día del Pleno, que son los temas que se tratarán en las sesiones, y coordinar la organización de los debates. Se aplica el sistema de voto ponderado, que consiste en atribuir a cada portavoz un número de votos equivalente al de los diputados de su grupo.
Para saber más:
La Diputación Permanente es el órgano que se encarga de cumplir las funciones del Congreso cuando no está reunido, esto es, en enero, julio y agosto; o cuando ha terminado su mandato durante el periodo electoral.
Está presidida por la presidenta del Congreso y formada por un mínimo de 21 miembros que representan proporcionalmente a los grupos parlamentarios. Al inicio de cada legislatura se acuerda el número exacto y el reparto por grupos para asegurar que su composición sea proporcional al reparto de escaños en el Pleno.
En la XV Legislatura esté integrada, bajo la Presidencia de la presidenta de la Cámara, por 68 miembros con la siguiente distribución: 27 del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso; 24 del Grupo Parlamentario Socialista; 6 del Grupo Parlamentario VOX; 6 del Grupo Parlamentario Plurinacional SUMAR; 1 del Grupo Parlamentario Republicano; 1 del Grupo Parlamentario Junts per Catalunya; 1 del Grupo Parlamentario Euskal Herria Bildu; 1 del Grupo Parlamentario Vasco (EAJ-PNV); 1 del Grupo Parlamentario Mixto.
Para saber más:
El Congreso de los Diputados no tiene un número fijo de comisiones. Las comisiones se crean al inicio de cada legislatura, una vez constituida la Cámara, y su número y denominación pueden variar en función de los acuerdos adoptados por el Pleno y de las necesidades parlamentarias de cada momento.
Con carácter general, al comienzo de cada legislatura se crean las comisiones permanentes legislativas, que actualmente son 23, las permanentes no legislativas previstas en el Reglamento, y las comisiones mixtas formadas por diputados y senadores.
Las comisiones no permanentes se constituyen para tratar un asunto concreto y con un plazo para realizar sus trabajos. De este tipo son las comisiones de investigación.
El listado de comisiones en funcionamiento se actualiza de forma continua en la web del Congreso.
Para saber más:
El Pleno es la reunión de todos los diputados y diputadas y constituye el órgano supremo de debate y decisión del Congreso. Ejerce todas las funciones atribuidas por la Constitución: legislativa, de control al Gobierno y presupuestaria.
Los debates más importantes se celebran en Pleno: la investidura del presidente, control al Gobierno aprobación de leyes, Presupuestos Generales del Estado, la convalidación de decretos leyes, votación de vetos del Senado, moción de censura y cuestión de confianza, reforma de la Constitución, elección de autoridades, etc.
Sus sesiones son públicas, salvo las excepciones previstas por su Reglamento. Quedan reflejadas en los diarios de sesiones y pueden seguirse completas y en directo a través de la señal institucional de televisión del Congreso.
Para saber más:
Las Comisiones son órganos especializados encargados de estudiar, debatir y emitir dictamen sobre las iniciativas que se les asignan, así como ejercer funciones de control y de orientación política.
Hay varios tipos de comisiones: permanentes – legislativas y no legislativas– y no permanentes, que se constituyen para abordar asuntos concretos y con un plazo determinado.
Las ponencias son grupos de diputados de una Comisión que se reúnen para estudiar con detalle un proyecto o proposición de ley específica. Su función principal es elaborar un informe previo que servirá para el debate y la votación en la Comisión.
El trabajo de la ponencia es, por tanto, uno de los pasos del procedimiento legislativo, y consiste en estudiar la iniciativa y las enmiendas para preparar el documento que debatirá después la comisión.
Las subcomisiones también se crean dentro de una Comisión, pero sus trabajos no forman parte del procedimiento legislativo. Analizan asuntos concretos del ámbito de competencias de la Comisión y pueden acoger comparecencias y recabar información. Sus trabajos se recogen también en un informe que después se debate y vota en la Comisión y en el Pleno.
Tanto ponencias como subcomisiones tienen representación de todos los grupos parlamentarios y toman las decisiones por acuerdo o por voto ponderado.
Para saber más:
La Diputación Permanente es el órgano que se encarga de cumplir las funciones del Congreso cuando no está reunido, esto es, en enero, julio y agosto; o cuando ha terminado su mandato durante el periodo electoral.
Está presidida por la presidenta del Congreso y formada por un mínimo de 21 miembros que representan proporcionalmente a los grupos parlamentarios. Al inicio de cada legislatura se acuerda el número exacto y el reparto por grupos para asegurar que su composición sea proporcional al reparto de escaños en el Pleno.
Su función es garantizar la continuidad institucional. Fuera de los periodos de sesiones se encarga de acordar sesiones extraordinarias del Pleno y las comisiones; y en los periodos entre legislaturas asume otras funciones esenciales que le atribuye la Constitución, como declarar el estado de alarma. Una vez constituido el nuevo Congreso, la Diputación Permanente da cuenta de los asuntos tratados a los nuevos diputados.
Para saber más:
Los acuerdos se adoptan por mayoría de los miembros presentes, es decir, cuando los votos a favor superan a los votos en contra, salvo que la Constitución o el Reglamento exijan una mayoría cualificada, como la mayoría absoluta o las reforzadas de dos tercios o tres quintos.
La Constitución establece que, para adoptar acuerdos, las Cámaras deben estar reunidas y con asistencia de la mayoría de sus miembros presentes – al menos la mitad. Es lo que se denomina quórum.
En determinados órganos reducidos, como la Junta de Portavoces o las ponencias, se aplica el sistema de voto ponderado, lo que significa que el voto de cada grupo parlamentario equivale al número de diputados que tiene en el Pleno.
Para saber más:
Cada uno de los diputados y diputadas representa a la totalidad del pueblo español, no únicamente a los ciudadanos de la provincia por la que han sido elegidos.
Además, no están sujetos a mandato imperativo lo que significa, entre otras cosas, que tienen libertad de voto en el Pleno y las Comisiones y que solo responden con su escaño ante los ciudadanos y ciudadanas que los han votado en unas elecciones generales.
Cada diputado o diputada representa a la ciudadanía y participa en todas las funciones parlamentarias: legislar, controlar y orientar políticamente al Gobierno.
Tiene el derecho y el deber de asistir al Pleno y las Comisiones a las que ha sido asignado para debatir y aprobar leyes, para ejercer el control y la orientación política al Gobierno y para adoptar las decisiones que les encomienda la Constitución y el Reglamento.
En la función legislativa puede presentar proposiciones de ley – con otros 15 diputados y la firma del portavoz- y registrar enmiendas al articulado.
También controla la actuación del Gobierno, mediante preguntas orales o escritas, interpelaciones o solicitudes de información al Gobierno y la administración pública.
El diputado o diputada tiene derecho a participar con voz y voto en el Pleno y en las Comisiones de las que formen parte, presentar iniciativas, formular preguntas e interpelaciones y solicitar información al Gobierno.
Entre sus deberes se encuentran asistir a las sesiones y respetar el orden parlamentario.
También debe cumplir el régimen de incompatibilidades, para lo que deben presentar una declaración de actividades; declarar sus bienes y rentas al menos al inicio y al fin de su mandato; y cumplir las obligaciones de transparencia previstas en el Reglamento y en el Código de Conducta de las Cortes Generales.
Para saber más:
Las prerrogativas parlamentarias son garantías institucionales que protegen a los diputados y diputadas, como representantes de los ciudadanos, en el ejercicio de sus funciones:
Para saber más:
Los diputados reciben una compensación económica por el ejercicio de su mandato representativo llamada asignación constitucional. No se trata de un sueldo, puesto que no mantienen con la Cámara una relación laboral. La cuantía se fija por la Mesa y se carga al presupuesto de la Cámara, que se incluye como partida en los Presupuestos Generales del Estado.
Los diputados perciben también una indemnización para asumir gastos vinculados al ejercicio del cargo. Es una misma cuantía y depende de la circunscripción por la que han sido elegidos: la de los diputados por Madrid es menor que la de los parlamentarios elegidos por el resto de las provincias.
Además de la asignación constitucional y la indemnización por el ejercicio del cargo se aplican complementos a los diputados que ejercen responsabilidades específicas — ser portavoz o miembro de la Mesa de la Cámara o de alguna de las comisiones -. Estos complementos no son acumulables.
Régimen económico y de protección social de los parlamentarios
Para saber más:
El Código de Conducta de los diputados es el conjunto de normas que regula principios éticos, obligaciones de transparencia y pautas de comportamiento en el ejercicio de sus funciones parlamentarias.
El Código establece que los diputados deben declarar sus intereses económicos, evitar situaciones de conflicto de intereses y regular su relación con grupos de interés.
Para saber más:
Los grupos parlamentarios tienen derecho a participar en los órganos del Congreso, en función de su número de diputados. También pueden intervenir en los debates, presentar iniciativas legislativas, registrar enmiendas; ejercer funciones de control al Gobierno, presentar proposiciones no de ley y mociones…
Los grupos reciben medios materiales y económicos para el desarrollo de su actividad parlamentaria, cuya asignación y control corresponde a la Mesa del Congreso. Así, tienen derecho a una asignación económica que varía en función del número de diputados, También pueden nombrar a su propio personal de acuerdo con el número de diputados.
Deben respetar las normas reglamentarias y garantizar la adecuada utilización de los recursos públicos asignados.
Para saber más:
La Secretaría General es el órgano superior de la Administración parlamentaria y está compuesta por órganos directivos distribuidos por áreas de gestión. Está encabezada por el secretario general, que se encarga de coordinar los servicios administrativos, asesorar jurídicamente a los órganos de la Cámara y garantizar el funcionamiento interno del Congreso.
La administración parlamentaria, encabezada por la Secretaría General, se estructura en distintas Direcciones, Departamentos y servicios especializados que apoyan la actividad parlamentaria, la gestión económica y el funcionamiento interno del Congreso.
Su organización responde a acuerdos de la Mesa y a normas internas aprobadas por los órganos de gobierno de la Cámara.
El Congreso tiene autonomía presupuestaria, lo que significa que cada año prepara, aprueba y gestiona sus propios presupuestos, que forman parte de los Presupuestos Generales del Estado.
Esta dotación económica se destina a garantizar el funcionamiento de la Cámara, las retribuciones del personal y la actividad parlamentaria e institucional.
Su cuantía y distribución puede consultarse en la página web.
Las leyes nacen a partir de una propuesta que se llama iniciativa legislativa y que puede partir del propio Parlamento – los diputados o los senadores -, del Gobierno, de los parlamentos autonómicos, o de los ciudadanos, con la iniciativa legislativa popular.
Si la iniciativa parte del Gobierno recibe el nombre de proyecto de ley, y en el resto de los casos se denomina proposición de ley.
Para saber más:
Lo que las diferencia no es la materia que tratan, sino su autor.
Un proyecto de ley es una iniciativa legislativa presentada por el Gobierno. Se acompaña de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para que las Cámaras puedan estudiarla y debatirla.
Una proposición de ley es una iniciativa presentada por el Congreso, el Senado, los parlamentos de las Comunidades Autónomas o los ciudadanos, con la iniciativa legislativa popular. En cuanto a su tramitación, hay solo una diferencia: deben pasar por un primer examen en el Pleno que se llama toma en consideración en el que se decide por mayoría se debe tramitar esta propuesta.
Para saber más:
La aprobación de una ley sigue una serie de pasos para garantizar su estudio y debate, aunque no todas las iniciativas pasan por todas las fases.
De forma general, una iniciativa se presenta y es admitida a trámite. Después, puede debatirse en el Pleno y en comisión, donde los grupos parlamentarios pueden proponer cambios a través de enmiendas. El texto aprobado en el Congreso se envía al Senado, que puede enmendarlo o vetarlo. En este caso, el Congreso decide si ratifica o no las modificaciones introducidas por la Cámara Alta.
Una vez finalizada la tramitación parlamentaria, la ley es sancionada y promulgada por el Rey y entra en vigor en la fecha que establezca o, si no se indica, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Para saber más:
No existe un plazo fijo para aprobar una ley. La duración de la tramitación depende del tipo de iniciativa, del procedimiento aplicado y de las decisiones que se adopten durante el proceso.
Una vez que la Mesa admite una propuesta se abre el plazo de enmiendas, de 15 días, que puede prorrogar a petición de los grupos parlamentarios. Terminado este plazo se reúne la ponencia – que puede debatir la iniciativa en una o varias sesiones – y la comisión legislativa correspondiente por su materia para el estudio, debate y votación del texto y las enmiendas.
Con carácter general, una vez visto el texto por la Comisión se traslada directamente al Senado. Es lo que se llama competencia legislativa plena de las comisiones. No obstante, hay casos en los que previamente el Pleno tiene que dar su aprobación, como en las leyes orgánicas o cuando este lo decide, con la llamada avocación. En estos casos la inclusión en el orden del día depende de la agenda parlamentaria.
Terminada la tramitación en el Congreso. el Senado tiene un máximo de dos meses para aprobarlo, introducir enmiendas o vetarlo.
El tiempo de tramitación de una ley puede acortarse aplicando dos procedimientos:
Teniendo en cuenta estas variables, una ley puede aprobarse en unas semanas o en varios meses.
Para saber más:
Cuando acaba la legislatura las iniciativas legislativas que no se han aprobado decaen, independientemente de la fase de tramitación en la que se encuentren.
Esto significa que no continúan tramitándose en la siguiente legislatura. Si el nuevo Congreso las quiere retomar, deben presentarse de nuevo y comenzar el procedimiento desde cero.
Así lo establece el Reglamento del Congreso, que señala que, al disolverse la Cámara o expirar su mandato, caducan todos los asuntos pendientes, salvo algunas excepciones muy concretas.
La excepción son las iniciativas legislativas populares y, si así se solicita, las propuestas de las comunidades autónomas, que serán retomadas en el punto de la tramitación que decida el nuevo Congreso.
Para saber más:
La Constitución distingue varios tipos de ley, que se diferencian esencialmente por las materias que tratan (leyes orgánicas y ordinarias).
Las leyes orgánicas regulan materias de especial relevancia, como los derechos fundamentales, el sistema electoral, los asuntos internacionales o los estatutos de autonomía. Por ello se exige una mayoría reforzada – mayoría absoluta- para aprobarlas o modificarlas.
Las leyes ordinarias regulan el resto de las materias, y se aprueban y modifican por mayoría simple – más votos a favor que en contra.
Los Reales decretos-leyes no son leyes, aunque tienen rango de ley: los dicta el Gobierno, en casos de extraordinaria y urgente necesidad, por lo que entran en vigor cuando se publican, pero necesitan la ratificación del Congreso para mantenerse vigentes. La convalidación se consigue con mayoría simple.
Para saber más:
El Pleno y las comisiones pueden emplear cuatro tipos de votación.
Este sistema garantiza la participación parlamentaria cuando concurren circunstancias que impiden la presencia física en la Cámara.
El Congreso toma las decisiones con carácter general por mayoría simple – más votos a favor que en contra.
Sin embargo, hay casos en los que se requiere una mayoría reforzada o cualificada para asegurar un mayor consenso parlamentario en torno a asuntos de mayor relevancia.
Para saber más:
En las mayorías reforzadas o cualificadas – absoluta, tres quintos o dos tercios- se calcula sobre 350, el número total de diputados que forman el Congreso, no sobre los presentes.
En las votaciones ordinarias, las que requieren mayoría simple, se calcula sobre los votos emitidos. Si hay más votos a favor que en contra la iniciativa queda aprobada, siempre que haya quórum.
Para que se adopten acuerdos válidos debe haber quórum, lo que supone que tienen que estar presentes la mayoría de los diputados, es decir, al menos la mitad (176).
Para saber más:
Cuando se produce un empate en el Pleno la votación se repite; y si el empate persiste, se puede suspender la votación durante el tiempo que determine la Presidencia para votar por tercera vez. Si se mantiene el empate la propuesta se considera rechazada.
En las comisiones y la Diputación Permanente, después de dos votaciones decide el voto ponderado del Pleno. Si se mantiene el empate, también se considera rechazada.
Para saber más:
El control al Gobierno es una de las funciones esenciales del Parlamento en nuestro sistema constitucional, y se basa en el principio de separación y equilibrio de poderes.
La fórmula de control parlamentario más habitual y visible es la sesión de control, que se celebra en Pleno los miércoles y en la que presidente, vicepresidentes y ministros se someten a un cara a cara de cinco minutos con diputados de todos los grupos parlamentarios.
En la sesión de control se plantean también interpelaciones, con un debate más amplio sobre temas concretos y que pueden dan lugar a mociones: iniciativas de orientación política que se debaten y votan en el siguiente Pleno.
Otras herramientas de control son las solicitudes de información, las preguntas escritas, las comisiones de investigación y las comparecencias, que pueden ser en Pleno y en Comisión y que también dan lugar a un debate más extenso.
Para saber más:
La sesión de control es una de las principales expresiones de la función de control parlamentario que ejerce el Congreso de los Diputados sobre el Gobierno. En el sistema parlamentario español, el Ejecutivo responde de su gestión política ante la Cámara durante toda la legislatura, y no solo en el momento de su investidura.
La sesión de control se celebra habitualmente en el Pleno del Congreso y en ella los diputados plantean preguntas orales e interpelaciones al presidente del Gobierno y a los ministros sobre asuntos de actualidad y de política general. Estas preguntas permiten fiscalizar la acción del Ejecutivo y exigirle explicaciones públicas ante los representantes de la ciudadanía, conforme a lo establecido en el Reglamento del Congreso, en particular en el Título IX, dedicado a interpelaciones y preguntas.
El número de preguntas que puede formular cada grupo parlamentario en la sesión de control no es libre ni aleatorio, sino que está regulado a través de una resolución de la Mesa del Congreso, dictada al inicio de cada período de sesiones. Esta resolución fija un sistema de cupos para garantizar un reparto ordenado de las preguntas entre los grupos.
La distribución se realiza en función del tamaño de los grupos parlamentarios, es decir, de su representación numérica en la Cámara, aplicando criterios de proporcionalidad. A partir de este reparto, la Mesa organiza el orden del día del Pleno e incluye las preguntas de los grupos que no hayan agotado su cupo. Las preguntas que no entran en la sesión correspondiente decaen, salvo que puedan ser sustituidas conforme a las reglas reglamentarias.
Este sistema busca compatibilizar el derecho de todos los grupos a ejercer el control al Gobierno con la necesidad de ordenar el tiempo parlamentario y asegurar el funcionamiento regular del Pleno.
Resolución de la Presidencia sobre desarrollo de la sesión de control.
Para saber más:
Forman parte de la función de orientación política al Gobierno, lo que significa que piden al Gobierno que actúe en un sentido determinado o adopte alguna medida concreta. No suponen un mandato, sino que expresan la voluntad o el parecer del Congreso sobre un asunto.
Se debaten en Pleno o en comisión y sus consecuencias son idénticas a las de las mociones, que en el Congreso siempre se debaten en Pleno y van precedidas de una interpelación urgente en la sesión de control de la semana anterior.
Para saber más:
Las comisiones de investigación son órganos parlamentarios creados para estudiar asuntos de interés público. Sus conclusiones no son vinculantes para los tribunales, pero se pueden trasladar a la Fiscalía para su conocimiento.
Estas comisiones pueden requerir la comparecencia de personas y la aportación de documentación. Su creación y funcionamiento se rigen por el Reglamento del Congreso y por los acuerdos adoptados por el Pleno.
Para saber más:
En nuestro sistema parlamentario los ciudadanos eligen a los diputados y diputadas, quienes se encargan de votar al presidente del Gobierno: es lo que se llama investidura.
Tras las elecciones generales, las formaciones que han conseguido escaño son convocadas por el Rey a una ronda de consultas, tras la que el monarca propone un candidato a la Presidencia del Gobierno.
Se convoca entonces la denominada sesión de investidura, en la que el candidato o candidata expone su programa ante el Congreso y solicita la confianza de la Cámara para gobernar.
En primera votación se requiere mayoría absoluta. Si no se obtiene, se celebra una segunda votación cuarenta y ocho horas después de la primera, en la que basta con una mayoría simple.
Si ningún candidato obtiene la confianza en el plazo de dos meses desde la primera votación, se disuelven las Cámaras y se convocan nuevas elecciones.
Para saber más:
Puede ser presidente del Gobierno cualquier ciudadano español mayor de edad, que tenga plenos derechos civiles y políticos. No es necesario ser diputado.
Tras las elecciones generales, es el Rey, de acuerdo con la Constitución, quien después de una ronda de consultas con las formaciones que han conseguido representación en el Congreso propone a la Cámara un candidato. Éste expone su programa, lo debate con los grupos y se somete a la votación de investidura.
Si el candidato ha conseguido la confianza del Congreso, por mayoría absoluta o mayoría simple en segunda vuelta, el Rey lo nombra presidente del Gobierno.
Para saber más:
El Congreso tiene la potestad de otorgar su confianza al presidente del Gobierno, con la investidura, y en consecuencia también puede retirársela, aprobando una moción de censura o rechazando una cuestión de confianza.
La propuesta de una moción de censura parte de los diputados, y debe incluir un candidato alternativo. Aprobarla implica el cese del presidente y convierte al candidato al presidente del Gobierno.
La cuestión de confianza parte del propio presidente del Gobierno. Si el Congreso la rechaza, es decir, retira su confianza, el presidente cesa y se abre el procedimiento constitucional para elegir un nuevo presidente, esto es, ronda de consultas con el Rey y debate de investidura del candidato propuesto por el monarca.
El Congreso no tiene, en cambio, la potestad de nombrar ni cesar a los ministros, porque ésta es una facultad del presidente. Eso sí, una vez que cesa el presidente del Gobierno también lo hacen todos sus ministros.
Para saber más:
Los dos son instrumentos de los que dispone el Congreso, en representación de la ciudadanía, para exigir responsabilidades políticas al presidente del Gobierno.
Se diferencian tanto en su presentación como en el debate y votación y en las consecuencias políticas.
El rechazo de una cuestión de confianza implica el cese del presidente del Gobierno y la apertura del procedimiento para elegir un nuevo presidente, con la ronda de consultas del Rey y la propuesta de candidato.
Para saber más:
Es un debate de política general en el que el presidente del Gobierno expone ante el Congreso la situación del país y explica su acción de gobierno.
No está regulado expresamente en la Constitución ni en el Reglamento, pero es una práctica parlamentaria que se articula como una comunicación del Gobierno a la Cámara.
Una vez expuesta y debatida con los grupos parlamentarios, éstos pueden presentar propuestas de resolución que se votan y, de aprobarse, suponen una herramienta de orientación política.
Para saber más:
Una de las funciones principales del Parlamento es la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado. Éstos son elaborados por el Gobierno, y estudiados, modificados y aprobados por el Congreso y el Senado.
Son un proyecto de ley que incluye la previsión de ingresos y la autorización de gastos del sector público estatal para el ejercicio siguiente. Permiten autorizar y priorizar el gasto público.
La tramitación del proyecto de Presupuestos es prioritaria respecto al resto de las iniciativas.
Para saber más:
La tramitación parlamentaria de los Presupuestos sigue el procedimiento legislativo ordinario, salvo que tiene prioridad respecto a otras iniciativas y que requieren un debate en Pleno antes de pasar al Senado – no pueden aprobarse en Comisión con competencia legislativa Plena.
El debate presupuestario va precedido de una serie de comparecencias de altos cargos de la administración para detallar sus cuentas en la comisión correspondiente. El siguiente paso es el debate de totalidad, en el que se debaten y votan las enmiendas de devolución con las que los grupos pueden expresar su rechazo al proyecto. Después se estudian en ponencia y comisión las enmiendas al articulado y el trámite en el Congreso termina con el debate y votación en Pleno, que se hace por secciones.
El Senado puede aprobarlo en los mismos términos que el Congreso, enmendarlos o vetarlos y, como en el resto de las iniciativas, el Congreso tiene la última palabra si el Senado los enmienda o veta.
Para saber más:
El Pleno de Presupuestos es la sesión del Congreso en la que se decide la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado, antes de enviarlos al Senado. Es un momento clave de la tramitación, y se produce después del debate de totalidad, también en sesión plenaria, y los debates y votaciones en ponencia y comisión.
En este Pleno se debate el dictamen elaborado por la Comisión de Presupuestos y las enmiendas al articulado y las secciones que no hayan sido aprobadas previamente y que sus autores decidan someter de nuevo a votación.
El debate se organiza por títulos y secciones, y se puede prolongar dos días. El ministro o ministra se encarga de defender sus cuentas ante la Cámara y las debate con los grupos parlamentarios, que explican sus enmiendas y fijan su postura ante cada partida.
La votación se realiza por separado, de manera desglosada, votándose cada título, sección, disposición y anexo de los presupuestos. Para que el proyecto salga adelante, cada apartado debe ser aprobado por mayoría simple del Pleno. Si alguno de esos apartados no obtiene el respaldo requerido, el proyecto de Presupuestos queda rechazado en su totalidad.
No hay una votación de conjunto, sino que quedan aprobados si se aprueba el articulado y todos los títulos y secciones. En este caso, el proyecto continúa su tramitación en el Senado, que también puede enmendarlos, o aprobar un veto por mayoría absoluta. En ambos casos, volvería al Pleno del Congreso.
Para saber más:
Si la Ley de Presupuestos no se aprueba antes del inicio del año económico, se consideran automáticamente prorrogados los Presupuestos del ejercicio anterior hasta la aprobación de los nuevos.
La prórroga asegura la continuidad del funcionamiento de la Administración y de los servicios públicos mientras se completa la tramitación parlamentaria del nuevo proyecto presupuestario.
Para saber más:
El Congreso de los Diputados forma parte de las Cortes Generales, el órgano constitucional que representa al pueblo español y ejerce la potestad legislativa del Estado. Junto con el Senado, aprueba las leyes, los Presupuestos Generales del Estado y controla la acción del Gobierno.
Para saber más:
Tras cada renovación del Congreso, el Rey propone un candidato a la Presidencia del Gobierno, previa consulta con los representantes de los grupos parlamentarios, conforme a lo previsto en la Constitución.
Además, el Rey sanciona y promulga las leyes aprobadas por las Cortes Generales. Se trata de actos formales y obligatorios que ponen fin al procedimiento legislativo.
Las Cortes Generales tienen competencias relacionadas con la Corona. Se encargan de la proclamación del Rey y de tomar juramento al heredero o heredera al llegar a la mayoría de edad, entre otras.
Para saber más:
El Congreso da o retira la confianza al Gobierno y controla su acción. La investidura del presidente del Gobierno requiere el respaldo del Congreso, y la moción de censura permite exigir responsabilidad política.
Además, los miembros del Gobierno comparecen ante el Congreso para informar sobre su gestión y responder a preguntas e interpelaciones. Esta relación de confianza y control define el modelo parlamentario establecido en la Constitución.
Para saber más:
Participa en la designación de miembros de otros órganos constitucionales como el Tribunal Constitucional, el Consejo General del Poder Judicial, el Defensor del Pueblo o el Tribunal de Cuentas. Estas designaciones requieren mayorías cualificadas.
Asimismo, el Congreso puede ejercer funciones de control y pedir informes y memorias anuales en las que dan cuenta de su actuación.
Para saber más:
La reforma de la Constitución corresponde a las Cortes Generales. El Congreso participa en ambos procedimientos previstos: el ordinario y el agravado, según la materia afectada.
Estos procedimientos exigen mayorías reforzadas y, en algunos casos, la disolución de las Cámaras y la ratificación en referéndum.
El procedimiento ordinario exige mayoría de tres quintos en ambas Cámaras. Si no se alcanza en alguna de las Cámaras se crea una comisión paritaria para acordar un texto.
El procedimiento agravado, que se aplica a materias especialmente protegidas como los derechos fundamentales y la Corona, requiere mayoría de dos tercios, disolución de las Cámaras, aprobación también por mayoría de dos tercios en las nuevas Cortes y ratificación ciudadana en referéndum.
Para saber más:
La diplomacia parlamentaria es la actividad internacional desarrollada por el Congreso a través de sus órganos y delegaciones oficiales. Complementa la acción exterior del Estado desde la dimensión parlamentaria y forma parte de sus funciones institucionales de representación.
Se lleva a cabo mediante visitas oficiales, reuniones bilaterales, participación en foros multilaterales, cooperación interparlamentaria y grupos de amistad. Estas actividades se desarrollan conforme a los acuerdos adoptados por los órganos de la Cámara y se publican en el portal institucional.
Los desplazamientos de delegaciones parlamentarias están regulados por la Mesa del Congreso, que estableció una serie de requisitos que pueden ser consultados en la página web.
Los viajes de las delegaciones parlamentarias deben ser autorizados por la Mesa, y debe especificarse expresamente los integrantes, las fechas, y el objeto del viaje. Con posterioridad se presenta un informe de los resultados.
La actividad internacional, los informes previos y posteriores, el orden del día de las reuniones y las personas que forman las delegaciones se publican en la página web del Congreso. También se hace público cada trimestre el coste de estos desplazamientos.
Son foros en los que participan delegaciones del Congreso junto con representantes de otros parlamentos nacionales. Estas asambleas están vinculadas a organizaciones internacionales y permiten el intercambio de experiencias legislativas y el diálogo político entre varios países.
Los miembros de las delegaciones son nombrados por los órganos competentes del Congreso, respetando el principio de proporcionalidad entre Grupos Parlamentarios. La actividad desarrollada en estas asambleas se recoge en la web institucional.
Asambleas Parlamentarias Internacionales
Determinados tratados o convenios internacionales requieren la autorización previa de las Cortes Generales para que el Estado se obligue a través de ellos.
Entre estos se encuentran los tratados de carácter político, militar o que afecten a derechos y deberes fundamentales. El Congreso participa en este procedimiento conforme a las reglas constitucionales y reglamentarias.
Para saber más:
El Congreso recibe a jefes de Estado y de Gobierno, delegaciones parlamentarias y representantes institucionales extranjeros en el marco de su actividad internacional. Estas visitas forman parte de la diplomacia parlamentaria y se organizan conforme a la programación institucional.
Las reuniones pueden celebrarse con la Presidencia, la Mesa, Comisiones o delegaciones específicas. La información sobre visitas oficiales y actividad internacional se publica en la página web.
Las Cortes de Cádiz se reunieron por primera vez el 24 de septiembre de 1810 en la Isla de León (actual San Fernando). Su convocatoria se produjo en el contexto de la Guerra de la Independencia, con el objetivo de organizar la representación nacional en ausencia del rey.
Estas Cortes asumieron la soberanía nacional y ejercieron funciones legislativas y constituyentes. Su actuación terminó con la aprobación de la Constitución de 1812, que estableció principios como la división de poderes y la representación nacional.
La Constitución promulgada el 19 de marzo de 1812, llamada por ello popularmente como “La Pepa”, estableció un modelo de monarquía constitucional basado en la soberanía nacional y la separación de poderes.
Reconoció derechos individuales y definió un sistema representativo con Cortes unicamerales. Es decir, el Parlamento estaba formado por una sola cámara.
Este texto constitucional fue un hito del constitucionalismo español y europeo, aunque tuvo una vigencia intermitente (de 1812 a 1814, de 1820 a 1823 y de 1836 a 1837).
A lo largo de la historia contemporánea, España ha tenido ocho textos constitucionales: 1812, 1837, 1845, 1869, 1876, 1931 y 1978. En el siglo XIX también estuvo vigente el Estatuto Real de 1834 fue una carta otorgada, no una constitución en sentido estricto.
Cada uno de estos textos refleja un momento político y social y diseñó una forma de organizar el Estado y el modelo parlamentario.
A lo largo de la historia contemporánea, España ha tenido ocho textos constitucionales: 1812, 1837, 1845, 1869, 1876, 1931 y 1978. En el siglo XIX también estuvo vigente el Estatuto Real de 1834 fue una carta otorgada, no una constitución en sentido estricto.
Cada uno de estos textos refleja un momento político y social y diseñó una forma de organizar el Estado y el modelo parlamentario.
La Constitución de 1812 se elaboró durante la Guerra de la Independencia, en un contexto excepcional marcado por la invasión napoleónica y la ausencia del monarca, Fernando VII. Fue aprobada por las Cortes reunidas en Cádiz, que actuaron en nombre de la Nación. Estableció un sufragio indirecto masculino y un modelo de Parlamento unicameral, concentrando la representación política en unas únicas Cortes.
El Estatuto Real de 1834, que no fue una constitución en sentido estricto, se promulgó durante la regencia de María Cristina de Borbón, en la minoría de edad de Isabel II. Se trató de una carta otorgada por la Corona que introdujo un sufragio censitario muy restringido y creó un Parlamento bicameral, compuesto por el Estamento de Próceres y el de Procuradores, dando los primeros pasos hacia el parlamentarismo.
La Constitución de 1837 se aprobó también bajo la regencia de María Cristina, tras el ascenso del liberalismo progresista. Recuperó el principio de soberanía nacional y estableció un sufragio censitario masculino. El modelo parlamentario fue bicameral, con un Congreso de los Diputados y un Senado, ambos integrados en una monarquía constitucional.
La Constitución de 1845 se promulgó durante el reinado efectivo de Isabel II, en una etapa dominada por los gobiernos moderados. Mantuvo un sufragio censitario masculino, más restringido que el anterior, y consolidó un Parlamento bicameral en el que el Senado pasaba a ser de designación real, reforzando el papel político de la Corona.
La Constitución de 1869 nació tras la Revolución de 1868, conocida como La Gloriosa, y en el contexto del sexenio democrático, que culminaría con el reinado de Amadeo I. Estableció por primera vez en España el sufragio universal masculino y mantuvo un sistema parlamentario bicameral, en coherencia con una amplia declaración de derechos.
La Constitución de 1876 se elaboró en el marco de la Restauración borbónica, durante el reinado de Alfonso XII y bajo el impulso político de Antonio Cánovas del Castillo. Inicialmente rigió con sufragio censitario masculino, aunque durante su vigencia se consolidó el sufragio universal masculino. Estableció un Parlamento bicameral que se mantuvo estable durante décadas.
La Constitución de 1931 se aprobó tras la proclamación de la Segunda República, una vez finalizado el reinado de Alfonso XIII. Introdujo el sufragio universal pleno, incluyendo por primera vez el voto femenino, y adoptó un modelo de Parlamento unicameral, reflejando una clara ruptura con el sistema monárquico anterior.
La Constitución de 1978 se elaboró por las Cortes Constituyentes surgidas de las elecciones del 15 de junio de 1977. Reestableció el sufragio universal y configuró un sistema de monarquía parlamentaria con unas Cortes Generales bicamerales, formadas por el Congreso de los Diputados y el Senado, que sigue vigente en la actualidad.
El 15 de junio de 1977 marcó el inicio del actual periodo constitucional. Ese día se celebran las primeras elecciones libres y democráticas tras la dictadura. La ciudadanía eligió a sus representantes en el Congreso y el Senado, que fueron quienes redactaron y aprobaron la Constitución de 1978.
Esta convocatoria fue posible por una serie de pasos previos: la Ley para la Reforma Política (1976), que reconocía la soberanía popular, establecía un sistema parlamentario y abría la puerta a elecciones libres. Tras ser refrendada por la ciudadanía en diciembre de 1976, permitió legalizar partidos políticos y sentar las bases de un nuevo marco electoral.
Se aprobó una ley electoral provisional que estableció el sufragio universal para todos los ciudadanos mayores de 21 años, con un sistema basado en circunscripciones provinciales, listas cerradas y un método de reparto proporcional (D’Hondt), que garantizaba pluralismo y gobernabilidad.
Con este marco legal, España pudo celebrar el 15 de junio de 1977 las elecciones que inauguraron la Legislatura Constituyente encargada de redactar la Constitución de 1978.
El proceso de aprobación de la Constitución de 1978 comenzó tras las elecciones generales del 15 de junio de 1977, en las que se eligieron unas Cortes con carácter constituyente. El Congreso designó una Ponencia Constitucional formada por siete diputados de distintas formaciones políticas – los llamados “padres” de la Constitución.
Ellos redactaron un anteproyecto que pasó después por las fases de debate, enmienda y aprobación en el Congreso de los Diputados y en el Senado, que trabajaron en una comisión mixta formada por diputados y senadores para acordar un texto conjunto.
El texto aprobado por las Cámaras fue sometido a referéndum el 6 de diciembre de 1978. Posteriormente, la Constitución fue sancionada por el Rey el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre de 1978, fecha en la que entró en vigor.
Con estos pasos —redacción por la Ponencia, tramitación parlamentaria completa, referéndum, sanción y publicación— quedó formalmente aprobado el nuevo marco constitucional.
Los integrantes de la ponencia encargada de elaborar el proyecto de constitución son los conocidos popularmente como “padres” de la Constitución.
Fueron Gabriel Cisneros, José Pedro Pérez-Llorca y Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón, del partido UCD (Unión de Centro Democrático), Manuel Fraga AP (Alianza Popular), Gregorio Peces-Barba del PSOE, Miquel Roca i Junyent, de Minoría Catalana, y Jordi Solé Tura, del PCE (Partido Comunista).
La Constitución ha sido reformada parcialmente en tres ocasiones.
La primera reforma fue en 1992, cuando se permitió el sufragio pasivo de los ciudadanos de la Unión Europea en las elecciones municipales españolas. Es decir, no solo se les permitía votar, también podían presentarse en las listas y ser escogidos como concejales de su municipio. Para hacer este cambio se modificó el artículo 13 de la Constitución.
La segunda reforma llegó en 2011, cuando se estableció la estabilidad presupuestaria como principio constitucional. Así, se prioriza el pago de la deuda pública frente a otros gastos. Esto está establecido en el artículo 135 de la carta magna.
La última reforma se ha hecho en 2024. Se ha cambiado el artículo 49 para eliminar el término “disminuidos” en referencia a las personas con discapacidad.
Reforma del artículo 13.2 
Reforma del artículo 135 
Reforma del artículo 49 
Desde la entrada en vigor de la Constitución de 1978, España ha tenido siete presidentes del Gobierno: Adolfo Suárez, Leopoldo Calvo Sotelo, Felipe González, José María Aznar, José Luis Rodríguez Zapatero, Mariano Rajoy y Pedro Sánchez.
Puedes consultar el listado histórico y la información sobre todos los debates de investidura en la sección “El Congreso, 1977 a la actualidad”.
El actual Palacio del Congreso fue construido e inaugurado durante el reinado de Isabel II. Poner la primera piedra del Palacio fue su primer acto público como Reina, y la inauguración de la nueva sede parlamentaria, el 10 de octubre de 1850, fue un acontecimiento político y social que quedó reflejado en la prensa de la época.
La figura de la Reina Isabel II está representada en el Vestíbulo principal del Palacio, presidido por una gran escultura en mármol de carrara obra de José Piquer y Duart.
A lo largo de la historia parlamentaria española, desde las Cortes de Cádiz han ocupado la Presidencia del Congreso 151 personas. Lázaro Dou fue el primer presidente de las Cortes, en 1810.
En la página web del Congreso puedes acceder al listado de presidentes de la Cámara, desde 1810 hasta hoy.
Las primeras diputadas de la historia de España llegaron al Parlamento durante las Cortes Constituyentes de 1931, cuando las mujeres aún no podían votar, pero sí ser elegidas, ya que el sufragio pasivo femenino estaba permitido por la Ley Electoral de 1890. Clara Campoamor y Victoria Kent fueron elegidas el 18 de junio de 1931 por la circunscripción de Madrid, convirtiéndose en las dos primeras mujeres en obtener un escaño en España.
Pocos meses después, en una elección parcial celebrada el 4 de octubre de 1931, Margarita Nelken obtuvo su escaño por Badajoz, convirtiéndose en la tercera diputada de aquel periodo constituyente. Las tres participaron activamente en los debates parlamentarios que definirían el marco democrático de la Segunda República y en la aprobación del voto femenino, reconocido finalmente el 1 de octubre de 1931, con la aprobación de la Constitución de la II República.
Mucho antes de ocupar el actual Palacio de la Carrera de San Jerónimo, las Cortes se reunieron en espacios provisionales que marcaron la evolución política del país entre 1810 y 1850. Durante estas décadas, teatros, conventos e iglesias de Cádiz, Madrid y Sevilla acogieron debates decisivos y la aprobación de normas fundamentales, como la Constitución de 1812.
Durante el siglo XIX, las reuniones parlamentarias se celebraron en varios lugares provisionales, como el Convento del Espíritu Santo y el Teatro Real, utilizados mientras se buscaba un edificio estable para la actividad legislativa.
En 1841 se decidió construir una sede específica para el Congreso de los Diputados en la Carrera de San Jerónimo, y el nuevo Palacio del Congreso fue inaugurado en 1850, convirtiéndose desde entonces en la sede permanente de la Cámara Baja. El edificio ha mantenido su función desde su apertura, incorporando ampliaciones y espacios auxiliares con el paso del tiempo.
El Palacio fue construido entre 1843 y 1850, en un periodo de modernización de las instituciones españolas tras la consolidación del Estado liberal. Su construcción respondió a la necesidad de contar con un edificio representativo y funcional para albergar las sesiones parlamentarias.
El arquitecto responsable fue Narciso Pascual y Colomer, uno de los profesionales más prestigiosos de su tiempo. Su proyecto combinó monumentalidad y racionalidad, siguiendo los gustos arquitectónicos de mediados del siglo XIX.
El edificio es uno de los ejemplos más destacados del neoclasicismo en España. Su fachada, coronada por un pórtico con columnas corintias y un frontón escultórico, refleja la influencia de los modelos clásicos asociados a la democracia y a la tradición parlamentaria europea.
En el interior, el estilo se combina con elementos de historicismo y decoración decimonónica, que dotan al Palacio de un carácter solemne y representativo. El conjunto subraya la idea de estabilidad institucional y continuidad histórica.
Los leones de bronce situados en la escalinata representan la fuerza, la soberanía nacional y la defensa de la legalidad.
Se han convertido en un símbolo icónico del Parlamento español. Son conocidos popularmente como Daoiz y Velarde, y no fueron los primeros instalados en la escalinata.
Los primeros modelos fueron realizados en yeso por Ponciano Ponzano, pero se consideraron demasiado pequeños y de apariencia poco imponente, por lo que José Bellver esculpió una nueva pareja en piedra de Colmenar, que tampoco llegó a instalarse.
Tras la Guerra de África se decidió fundirlos usando el bronce de los cañones capturados. Estos nuevos leones se realizaron en Sevilla en 1872, con el diseño original de Ponciano Ponzano.
El diseño semicircular facilita la visibilidad y el intercambio de argumentos entre los diputados. Este modelo, inspirado en parlamentos europeos de tradición deliberativa, favorece el debate abierto y la interacción directa durante las sesiones.
A diferencia de disposiciones enfrentadas —como la de Westminster—, el semicírculo fomenta una distribución más plural de los grupos y refuerza la idea de representación proporcional. El espacio está configurado para que todos los escaños tengan visión directa de la Presidencia.
Además del Palacio histórico, el Congreso cuenta con varios edificios anexos que albergan despachos de diputados, salas de comisiones, servicios administrativos, biblioteca y archivo. Esta ampliación ha sido necesaria para adaptarse al aumento de la actividad parlamentaria y al crecimiento de los servicios internos.
La distribución funcional busca combinar la protección del patrimonio histórico con las necesidades operativas de un parlamento moderno. Los anexos permiten una actividad continua y eficiente, mientras que el Palacio conserva los espacios más representativos.
El Hemiciclo o Salón de Sesiones tiene algunas de las obras más representativas del patrimonio artístico del Congreso.
La bóveda del Hemiciclo constituye la pintura monumental más importante del romanticismo español. Obra de Carlos Luis de Ribera, las pinturas de la bóveda narran la historia de la legislación, un recorrido que comienza en la época grecorromana y culmina en el Renacimiento. En su medallón central está representada la Reina Isabel II, que inauguró el Palacio del Congreso, rodeada de figuras destacadas de distintas épocas.
En la cabecera del Hemiciclo, a los dos lados de la Presidencia, se encuentran dos grandes lienzos históricos que simbolizan los orígenes del parlamentarismo español y la continuidad de la monarquía constitucional:
“Juramento de los diputados a las Cortes Generales y extraordinarias en 1810”, de José Casado del Alisal (1863). Representa el juramento de los diputados de las Cortes de Cádiz, reunidas inicialmente en la Real Isla de León durante la Guerra de la Independencia.
“María de Molina presenta a su hijo Fernando IV en las Cortes de Valladolid de 1295”, de Antonio Gisbert (1863). Pintado expresamente para ocupar la cabecera del Hemiciclo, este óleo recrea el momento en que la reina María de Molina presenta a su hijo, el niño rey Fernando IV, ante las Cortes reunidas en Valladolid.
La colección pictórica del Congreso forma parte de un programa iconográfico planificado por el arquitecto del Palacio Narciso Pascual y Colomer, que dejó definidos en su proyecto los temas y qué artistas debían formar de la decoración de su interior.
Así, hay varios tipos de pinturas en el interior del Palacio, como la pintura mural, en la que destacan las bóvedas del Salón de Sesiones, obra de Carlos Luis de Rivera, y la del Salón de Conferencias o de los Pasos Perdidos, pintada por Vicente Camarón, concebidas para ofrecer un relato visual de la tradición política y cultural española.
La pintura de historia está representada por obras entre la que destacan los grandes lienzos del Salón de Sesiones: “El Juramento de las Cortes de Cádiz en 1810”, de Casado del Alisal y “María de Molina presentando a su hijo Fernando IV niño a las Cortes de Valladolid de 1295”, de Antonio Gisbert; el cuadro “Mariana Pineda en Capilla”, que preside y da nombre a la Sala en la que se reúne la Junta de Portavoces. También encontramos el primer cuadro de Historia realizado por Antonio Gisbert, a los 26 años, en el que cuenta el ajusticiamiento de los Comuneros con un rigor compositivo e histórico notables.
El Catálogo del Patrimonio Histórico-Artístico incluye una colección de pintura de los siglos XVIII, XIX y XX, en la que destacan los retratos de presidentes de las Cortes pintados por los grandes autores del siglo XIX y XX, entre ellos Madrazo, Marceliano Santamaría, Sorolla, Piñolé, Naranjo, Hernán Cortes, o Bernardo Torrens; otros retratos como los tondos de presidentes del Gobierno y otros parlamentarios históricos, como el de Clara Campoamor, el último en incorporarse a la colección.
Además, el Congreso exhibe pinturas en depósito de otras instituciones, especialmente el Museo del Prado y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
El elemento escultórico más conocido del Palacio son los que custodian la escalinata principal, obra de Ponciano Ponzano. También en la fachada principal del Palacio destacan las esculturas en bajorrelieve del frontis, que representan alegorías como la Constitución o la Justicia.
En el interior, una gran escultura de la Isabel II en mármol de carrara, obra de Josep Piquer Duart, recibe a los visitantes en el Vestíbulo de la Reina.
En Hemiciclo dos grandes estatuas de los Reyes Católicos, Isabel y Fernando, flanquean la Presidencia. Sobre ellas, varias cariátides observan desde gran altura el Salón de Sesiones.
En el Salón de Pasos Perdidos, los escritorios y la Galería del Orden del Día pueden verse también los bustos de figuras destacadas de la historia parlamentaria,
En el Siglo XX la colección se ha ampliado con bustos de personalidades políticas, como el de Leopoldo Calvo-Sotelo o el retrato de Clara Campoamor, en metacrilato y vidrio. Además, el Palacio incorpora obras contemporáneas y abstractas de artistas como Alfaro, Palazuelo o Sempere, reflejando la evolución del arte en la institución.
Estas piezas cumplen una doble función: artística y conmemorativa. Ayudan a preservar la memoria institucional y a reconocer la trayectoria de parlamentarios ilustres.
La Biblioteca del Congreso está especializada en Derecho parlamentario, constitucional y ciencia política. Custodia miles de volúmenes, entre ellos ediciones históricas, publicaciones oficiales, colecciones legislativas y obras de referencia necesarias para la actividad parlamentaria.
Además de su función de apoyo técnico a los diputados y a los órganos de la Cámara, la Biblioteca conserva fondos históricos de gran valor documental, entre ellos ocho incunables, ejemplares únicos y ediciones de gran valor.
Sumando las ediciones físicas y electrónicas la Biblioteca tiene más de 150.000, que pueden consultarse en la página web del Congreso.
El Archivo del Congreso guarda la documentación generada por la actividad parlamentaria: iniciativas legislativas, actas, expedientes, documentos administrativos y fondos históricos. Este patrimonio documental permite reconstruir la historia parlamentaria y garantiza la transparencia institucional.
El Palacio del Congreso está protegido como parte del patrimonio histórico-artístico del Estado. Esta protección implica obligaciones específicas de conservación, mantenimiento y restauración.
Las obras de arte del Congreso se conservan mediante criterios técnicos especializados en restauración y conservación preventiva. Esto incluye el control de temperatura y humedad, revisiones periódicas y actuaciones de restauración cuando es necesario.
El objetivo es garantizar la preservación del patrimonio artístico para las generaciones futuras, compatibilizando su exhibición con su protección.
El patrimonio documental se protege mediante normas archivísticas (normas ya establecidas para archivar documentos), sistemas de clasificación y medidas de seguridad física y digital. Estas prácticas garantizan tanto la conservación como la autenticidad de los documentos.
Sí, parte de los fondos se digitalizan para facilitar el acceso público y reducir la manipulación de los documentos originales. La digitalización contribuye a la transparencia y a la preservación a largo plazo.
El Congreso pone a disposición de la ciudadanía varios canales para resolver dudas, solicitar información y conocer mejor la actividad parlamentaria.
A través del Portal de Transparencia, los ciudadanos pueden acceder a información institucional, presupuestaria y organizativa.
También existe un servicio de Atención al Ciudadano, que permite realizar consultas generales sobre el funcionamiento de la Cámara, la actividad parlamentaria o el acceso a recursos públicos disponibles en la web.
Además, la página institucional ofrece formularios de contacto, información sobre visitas, acceso al archivo y a las publicaciones oficiales, así como guías para seguir los debates y consultar iniciativas legislativas.
Y si te quedan dudas…
Puedes resolverlas a través del portal de transparencia y los canales de atención al ciudadano disponibles.
Además, para comprender mejor el funcionamiento parlamentario puedes navegar por El Congreso, explicado.
El Congreso organiza visitas institucionales conforme a su programación oficial, que se publica en https://www.congreso.es. Existen visitas guiadas y jornadas de puertas abiertas en fechas señaladas.
Las sesiones plenarias son públicas. El acceso como público a un pleno se realiza en los términos establecidos por la Cámara. Más información práctica en la web institucional.
Sí. Las votaciones plenarias se registran y se publican en formato reutilizable en la página web. En cada votación – salvo las que tienen carácter secreto- se registra el sentido del voto de cada diputado, y se presenta en un documento que puede consultarse al finalizar cada votación.
En este mismo apartado puede consultarse el histórico de votaciones, que pueden localizarse por fecha.
Los debates tanto del Pleno como de las comisiones pueden seguirse en directo a través de la página web del Congreso y en el canal institucional en YouTube, Canal Parlamento.
En Congreso TV se emiten en directo y catalogadas todas las sesiones. En cada emisión pueden seguirse las iniciativas a debate y ver los diputados o comparecientes que intervienen. Además, se pueden descargar los debates, completos, por iniciativa o por intervención.
En archivo audiovisual se quedan almacenadas todas las sesiones, también catalogadas y con las mismas posibilidades de descarga, y pueden localizarse por fecha o por órgano – Pleno o cualquiera de las comisiones.
El estado de tramitación de las leyes y otras iniciativas parlamentarias puede consultarse en el apartado Actividad Parlamentaria de la página web, tanto a través del buscador de iniciativas legislativas como por el índice de iniciativas.
Una vez localizado el proyecto o proposición de ley, se pueden consultar la iniciativa original y os documentos que se han ido generando en todas las fases del procedimiento, las fechas de presentación de enmiendas, las enmiendas registradas, el informe de la ponencia, el dictamen de la Comisión, el texto aprobado por el Pleno y los diarios de sesiones – las actas- de todos los debates, en Comisión y en Peno.
Cuando se acaba la tramitación, en este apartado se incluye también el texto de la ley publicado en el Boletín Oficial del Estado.
Allí se detallan las fases del procedimiento: presentación, debate en comisión, enmiendas, votaciones y aprobación.
En cuanto a las iniciativas no legislativas – tanto preguntas como proposiciones no de ley y mociones – también se publican y se pueden encontrar en el buscador de iniciativas, que permite realizar búsquedas avanzadas con filtros.
Las actas de las sesiones, que recogen la transcripción de todas las inervaciones y de los acuerdos adoptados, tanto en los debates en Pleno como en las comisiones, se recogen en el llamado Diario de Sesiones.
Las actas del Pleno se publican al día siguiente de los debates cuando se trata del Pleno y unos días después de la sesión en el caso de las comisiones. Posteriormente, en ambos casos, se publican en el Diario de Sesiones.
Las transcripciones del Pleno pueden consultarse al día siguiente en Asuntos Tramitados en Sesión Plenaria, buscando el último periodo de sesiones.
Las de las Comisiones se publican en la información que recoge la web de cada una de las comisiones, en el apartado Diarios de Sesiones.
Los Diarios de Sesiones quedan incorporados al expediente de cada iniciativa, que puede consultarse en la web, y también pueden localizarse en el buscador por fechas o por órganos.
El Diario de Sesiones es el registro oficial de los debates parlamentarios y constituye una fuente histórica y jurídica fundamental. Estos diarios de sesiones históricos también pueden consultarse a través del Archivo del Congreso. Los digitalizados están disponibles a través de la web.
Toda la actividad parlamentaria está disponible en la página web del Congreso https://www.congreso.es y se difunde en los perfiles institucionales en redes sociales.
La agenda se publica cada viernes con las convocatorias previstas para la semana siguiente, y se va actualizando si se produce alguna modificación. Desde este apartado puedes acceder al orden del día de todas las sesiones, a las notas de prensa y a las emisiones en directo.
Las sesiones de Pleno y de las comisiones convocadas también pueden encontrarse en los apartados correspondientes de la web.
Los ciudadanos pueden presentar escritos dirigidos al Congreso a través del Registro, de forma presencial o por correo ordinario.
El acceso al empleo público en el Congreso se realiza mediante convocatorias públicas, siguiendo los principios de igualdad, mérito y capacidad.
Las ofertas de empleo y procesos selectivos se publican en la web del Congreso, donde se detallan los requisitos y procedimientos.
Sí. El Congreso convoca periódicamente programas de becas y formación dirigidos a titulados universitarios en distintas especialidades relacionadas con la actividad parlamentaria.
Estas convocatorias se publican en la web oficial, donde pueden consultarse requisitos, plazos y bases reguladoras.