¿Qué ocurre en el Congreso desde que se convocan elecciones hasta el arranque de la nueva legislatura?

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Cuando se disuelven las Cortes Generales y se convocan elecciones comienza un periodo de transición entre dos legislaturas. La disolución del Congreso no supone que la institución cese por completo sus funciones durante el periodo electoral. La Constitución prevé un órgano parlamentario, la Diputación Permanente, para garantizar la continuidad de determinados poderes de la Cámara hasta que las nuevas Cortes Generales puedan constituirse.

¿Qué ocurre exactamente desde la disolución hasta la constitución del nuevo Congreso?

1. Se disuelven las Cámaras y termina la legislatura

La entrada en vigor del Real Decreto de disolución de las Cámaras y convocatoria de elecciones generales pone fin a la legislatura. A partir de ese momento, los diputados y senadores cesan en su mandato y se disuelven el Pleno, las comisiones y el resto de los órganos parlamentarios.

Pero la Constitución establece una excepción: los miembros de la Diputación Permanente continúan ejerciendo sus funciones hasta la constitución de las nuevas Cortes Generales.

La razón de mantener este órgano activo es garantizar la continuidad de determinados poderes de las Cámaras durante el periodo en el que están disueltas.

2. La Diputación Permanente: qué es y quién la forma

La Diputación Permanente es el órgano del Congreso que vela por los poderes de la Cámara cuando esta no está reunida, ya sea en los periodos en los que no se celebran sesiones ordinarias o en caso de disolución o expiración de su mandato. Es la misma Diputación Permanente, pero la Constitución y el Reglamento establecen que tiene funciones diferentes cuando se reúne entre periodos de sesiones y cuando lo hace entre legislaturas.

Se constituye al comienzo de cada legislatura, una vez constituido el Congreso. El número de sus miembros se fija por la Mesa, oída la Junta de Portavoces, y debe ser de al menos 21 diputados. Su composición se distribuye entre los grupos parlamentarios en proporción a su importancia numérica en la Cámara, de manera que estén representados de acuerdo con el número de escaños que corresponde a cada grupo.

Cada grupo parlamentario designa los diputados que le corresponden como miembros titulares y un número igual de suplentes.

La Presidencia del Congreso lo es también de la Diputación Permanente, que elige además de entre sus miembros dos vicepresidencias y dos secretarías.

Cuando el Congreso se disuelve, los miembros de la Diputación Permanente continúan ejerciendo las funciones que tienen atribuidas hasta que se constituyan las nuevas Cortes Generales.

La Diputación Permanente de la XV Legislatura

3. Las funciones de la Diputación Permanente entre legislaturas

La Diputación Permanente no sustituye al Pleno del Congreso en todas sus funciones. Sus competencias durante la disolución están expresamente delimitadas por la Constitución y el Reglamento.

Su función es velar por los poderes de la Cámara y ejercer determinadas competencias que corresponden al Congreso cuando este se encuentra disuelto. Son las relacionadas con los reales decretos-leyes y con los estados de alarma, excepción y sitio.

Los reales decretos-leyes

El Gobierno puede dictar un real decreto-ley en caso de extraordinaria y urgente necesidad. Se trata de una disposición legislativa provisional que debe ser sometida al Congreso para su convalidación o derogación.

La Constitución establece que el Congreso debe pronunciarse expresamente sobre el real decreto-ley dentro de los 30 días siguientes a su promulgación.

Cuando el Congreso está disuelto, esta función corresponde a la Diputación Permanente, que puede acordar su convalidación o derogación.

Para la convalidación se necesita mayoría simple de los miembros presentes: más votos a favor que en contra. Si el resultado es favorable, el real decreto-ley queda convalidado; si no obtiene la mayoría necesaria, queda derogado.

Una vez convalidado, la Presidencia pregunta si algún grupo parlamentario solicita que se tramite como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. Si se solicita, la Diputación Permanente puede acordar dicha tramitación.

Los estados de alarma, excepción y sitio

La Diputación Permanente también ejerce las competencias que corresponden al Congreso respecto de los estados de alarma, excepción y sitio, en los términos previstos en el artículo 116 de la Constitución.

De este modo, incluso durante la disolución de las Cámaras, se mantiene la intervención parlamentaria que la Constitución establece para estas situaciones.

La Diputación Permanente: composición y funciones

4. Las elecciones generales: de la votación al escaño

Mientras la Diputación Permanente mantiene las funciones que tiene atribuidas, se desarrolla el proceso electoral.

Las elecciones generales determinan la composición del nuevo Congreso. Una vez proclamados los resultados, los diputados electos comienzan los trámites necesarios para adquirir plenamente su condición de parlamentarios.

Deben presentar la credencial expedida por el órgano correspondiente de la Administración electoral y cumplir las obligaciones establecidas por el Reglamento del Congreso, entre ellas las relativas a sus declaraciones de actividades y bienes y rentas.

La condición plena de diputado se adquiere cuando se cumplen conjuntamente los requisitos previstos en el Reglamento: presentar la credencial, realizar las declaraciones exigidas y prestar la promesa o juramento de acatar la Constitución.

5. Fin del mandato y rendición de cuentas de la Diputación Permanente

La Diputación Permanente de la legislatura anterior se mantiene tras celebrarse las elecciones generales, y sus miembros siguen ejerciendo las funciones que les encomienda la Constitución para este periodo hasta que se constituye la nueva Cámara.

Una vez constituido el nuevo Congreso, la Diputación Permanente debe dar cuenta al Pleno de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas durante el periodo en el que la Cámara estuvo disuelta.

Con esta dación de cuentas concluye la actuación de la Diputación Permanente de la legislatura anterior.

6. La sesión constitutiva: comienza la nueva legislatura

El periodo de transición entre dos legislaturas termina con la sesión constitutiva del Congreso.

Es la primera sesión de la nueva Cámara y tiene como finalidad constituirla formalmente.

La sesión comienza bajo la presidencia de la Mesa de Edad, integrada por el diputado de mayor edad, que ejerce la Presidencia, y los dos diputados más jóvenes, que actúan como secretarios.

A continuación se procede a la elección de la Mesa del Congreso, el órgano rector y de representación colegiada de la Cámara, formada por la Presidencia, cuatro Vicepresidencias y cuatro Secretarías.

Los diputados y diputadas electos prestan la promesa o juramento de acatar la Constitución, requisito necesario para adquirir la condición plena de diputado conforme al Reglamento.

Una vez realizados los actos previstos para la constitución de la Cámara, la Presidencia declara constituido el Congreso.

A partir de ese momento comienza formalmente la nueva legislatura.