Jerga electoral: el escrutinio

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Escrutinio

El proceso de escrutinio en las elecciones generales se divide en dos fases que garantizan la transparencia y precisión en el recuento de votos.

La primera fase, el escrutinio provisional, se realiza en cada mesa electoral al cierre de los colegios. Los miembros de la mesa cuentan los votos válidos, en blanco y nulos, y elaboran un acta que se expone en el colegio electoral y se remite a la Administración electoral. Con estos datos provisionales, se aplican los procedimientos establecidos para la asignación de escaños según la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG).

La segunda fase, el escrutinio general, tiene lugar cinco días después de las elecciones. En esta etapa, las Juntas Electorales Provinciales verifican y corrigen posibles errores del escrutinio provisional, sin poder anular votos. Además, se contabilizan los votos emitidos por los españoles residentes en el extranjero (voto CERA). Este procedimiento asegura la exactitud y legitimidad de los resultados electorales.