La reforma de la Constitución: quién puede proponerla y qué se puede cambiar

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La Constitución de 1978 prevé la reforma de su contenido. Establece dos tipos de procedimiento parlamentarios, con mayorías cualificadas diferentes. Uno para la reforma total o que afecte a determinados artículos que cuentan con una especial protección, como los derechos fundamentales y las libertades públicas. Y otro para el resto de reformas parciales.

En cualquiera de los dos casos, los actores que pueden proponer la reforma constitucional son el Gobierno, el Congreso, el Senado y las asambleas parlamentarias de las comunidades autónomas. Conocer los plazos, actores y pasos concretos te permitirá comprender mejor cómo se puede reformar nuestra norma fundamental.

Recuerda que hasta el momento la constitución se ha reformado en cuatro ocasiones:

  • – En 1992 se modificó el artículo 13; para permitir el derecho de sufragio pasivo a los ciudadanos europeos en las elecciones municipales, tal y como preveía el Tratado de Maastricht.
  • – En 2011, el artículo 135, en relación con la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera.
  • – En 2024, se reformó el artículo 49, relativo a los derechos de las personas con discapacidad.
  • – Y en 2026, el artículo 69 se modificó para que la isla de Formentera elija un senador propio.