


Las leyes nacen a partir de una propuesta que se llama iniciativa legislativa y que puede partir del propio Parlamento – los diputados o los senadores -, del Gobierno, de los parlamentos autonómicos, o de los ciudadanos, con la iniciativa legislativa popular.
Si la iniciativa parte del Gobierno recibe el nombre de proyecto de ley, y en el resto de los casos se denomina proposición de ley.
Para saber más:
Lo que las diferencia no es la materia que tratan, sino su autor.
Un proyecto de ley es una iniciativa legislativa presentada por el Gobierno. Se acompaña de una exposición de motivos y de los antecedentes necesarios para que las Cámaras puedan estudiarla y debatirla.
Una proposición de ley es una iniciativa presentada por el Congreso, el Senado, los parlamentos de las Comunidades Autónomas o los ciudadanos, con la iniciativa legislativa popular. En cuanto a su tramitación, hay solo una diferencia: deben pasar por un primer examen en el Pleno que se llama toma en consideración en el que se decide por mayoría se debe tramitar esta propuesta.
Para saber más:
La aprobación de una ley sigue una serie de pasos para garantizar su estudio y debate, aunque no todas las iniciativas pasan por todas las fases.
De forma general, una iniciativa se presenta y es admitida a trámite. Después, puede debatirse en el Pleno y en comisión, donde los grupos parlamentarios pueden proponer cambios a través de enmiendas. El texto aprobado en el Congreso se envía al Senado, que puede enmendarlo o vetarlo. En este caso, el Congreso decide si ratifica o no las modificaciones introducidas por la Cámara Alta.
Una vez finalizada la tramitación parlamentaria, la ley es sancionada y promulgada por el Rey y entra en vigor en la fecha que establezca o, si no se indica, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Para saber más:
No existe un plazo fijo para aprobar una ley. La duración de la tramitación depende del tipo de iniciativa, del procedimiento aplicado y de las decisiones que se adopten durante el proceso.
Una vez que la Mesa admite una propuesta se abre el plazo de enmiendas, de 15 días, que puede prorrogar a petición de los grupos parlamentarios. Terminado este plazo se reúne la ponencia – que puede debatir la iniciativa en una o varias sesiones – y la comisión legislativa correspondiente por su materia para el estudio, debate y votación del texto y las enmiendas.
Con carácter general, una vez visto el texto por la Comisión se traslada directamente al Senado. Es lo que se llama competencia legislativa plena de las comisiones. No obstante, hay casos en los que previamente el Pleno tiene que dar su aprobación, como en las leyes orgánicas o cuando este lo decide, con la llamada avocación. En estos casos la inclusión en el orden del día depende de la agenda parlamentaria.
Terminada la tramitación en el Congreso. el Senado tiene un máximo de dos meses para aprobarlo, introducir enmiendas o vetarlo.
El tiempo de tramitación de una ley puede acortarse aplicando dos procedimientos:
Teniendo en cuenta estas variables, una ley puede aprobarse en unas semanas o en varios meses.
Para saber más:
Cuando acaba la legislatura las iniciativas legislativas que no se han aprobado decaen, independientemente de la fase de tramitación en la que se encuentren.
Esto significa que no continúan tramitándose en la siguiente legislatura. Si el nuevo Congreso las quiere retomar, deben presentarse de nuevo y comenzar el procedimiento desde cero.
Así lo establece el Reglamento del Congreso, que señala que, al disolverse la Cámara o expirar su mandato, caducan todos los asuntos pendientes, salvo algunas excepciones muy concretas.
La excepción son las iniciativas legislativas populares y, si así se solicita, las propuestas de las comunidades autónomas, que serán retomadas en el punto de la tramitación que decida el nuevo Congreso.
Para saber más:
La Constitución distingue varios tipos de ley, que se diferencian esencialmente por las materias que tratan (leyes orgánicas y ordinarias).
Las leyes orgánicas regulan materias de especial relevancia, como los derechos fundamentales, el sistema electoral, los asuntos internacionales o los estatutos de autonomía. Por ello se exige una mayoría reforzada – mayoría absoluta- para aprobarlas o modificarlas.
Las leyes ordinarias regulan el resto de las materias, y se aprueban y modifican por mayoría simple – más votos a favor que en contra.
Los Reales decretos-leyes no son leyes, aunque tienen rango de ley: los dicta el Gobierno, en casos de extraordinaria y urgente necesidad, por lo que entran en vigor cuando se publican, pero necesitan la ratificación del Congreso para mantenerse vigentes. La convalidación se consigue con mayoría simple.
Para saber más:
El Pleno y las comisiones pueden emplear cuatro tipos de votación.
Este sistema garantiza la participación parlamentaria cuando concurren circunstancias que impiden la presencia física en la Cámara.
El Congreso toma las decisiones con carácter general por mayoría simple – más votos a favor que en contra.
Sin embargo, hay casos en los que se requiere una mayoría reforzada o cualificada para asegurar un mayor consenso parlamentario en torno a asuntos de mayor relevancia.
Para saber más:
En las mayorías reforzadas o cualificadas – absoluta, tres quintos o dos tercios- se calcula sobre 350, el número total de diputados que forman el Congreso, no sobre los presentes.
En las votaciones ordinarias, las que requieren mayoría simple, se calcula sobre los votos emitidos. Si hay más votos a favor que en contra la iniciativa queda aprobada, siempre que haya quórum.
Para que se adopten acuerdos válidos debe haber quórum, lo que supone que tienen que estar presentes la mayoría de los diputados, es decir, al menos la mitad (176).
Para saber más:
Cuando se produce un empate en el Pleno la votación se repite; y si el empate persiste, se puede suspender la votación durante el tiempo que determine la Presidencia para votar por tercera vez. Si se mantiene el empate la propuesta se considera rechazada.
En las comisiones y la Diputación Permanente, después de dos votaciones decide el voto ponderado del Pleno. Si se mantiene el empate, también se considera rechazada.
Para saber más: